El organismo exige a las entidades que presenten información electrónica pendiente sobre sus servicios de gestión de préstamos. El incumplimiento podría derivar en la caducidad de las autorizaciones que les permiten operar.
El organismo exige a las entidades que presenten información electrónica pendiente sobre sus servicios de gestión de préstamos. El incumplimiento podría derivar en la caducidad de las autorizaciones que les permiten operar.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) intimó a un grupo de mutuales que gestionan préstamos para que regularicen la presentación de información electrónica que se encuentra pendiente.
La medida fue establecida mediante la Resolución 1687/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y establece un plazo de 30 días corridos para que las entidades alcanzadas completen la documentación requerida.
Según la normativa, la intimación comprende información correspondiente hasta el último trimestre de 2025 vinculada con los servicios de gestión de préstamos que brindan las mutuales.
Las entidades incluidas en el anexo de la resolución deberán presentar dentro del plazo establecido los datos que adeudan ante el organismo de control.
El objetivo es que las mutuales mantengan actualizada la información vinculada con sus operaciones de gestión de préstamos y cumplan con las obligaciones establecidas por la autoridad de aplicación.
El INAES ejerce funciones de fiscalización y control sobre cooperativas y mutuales, entre ellas las relacionadas con los servicios financieros y crediticios que estas entidades pueden prestar.
La advertencia del organismo es concreta.
Si las mutuales intimadas no regularizan su situación dentro de los 30 días corridos, el INAES podrá declarar la caducidad de los actos administrativos que aprobaron los reglamentos utilizados por esas entidades para prestar los servicios de gestión de préstamos.
La consecuencia podría afectar directamente la continuidad de las operaciones crediticias de las entidades que permanezcan en situación irregular.
Por eso, el plazo establecido por el organismo adquiere especial importancia para las mutuales alcanzadas por la resolución.
La decisión del INAES se enmarca además en sus facultades de fiscalización y en las obligaciones de supervisión relacionadas con la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
La presentación de información periódica permite al organismo contar con herramientas para controlar el funcionamiento de las entidades y verificar el cumplimiento de las normas que regulan sus actividades.
El INAES ya viene profundizando los controles sobre cooperativas y mutuales. En 2025, el organismo había actualizado las normas relacionadas con los servicios de crédito y ayuda económica mutual, incorporando modificaciones vinculadas con los nuevos requisitos de prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Además, la normativa vigente contempla la obligación de determinadas entidades de remitir información sobre sus servicios de gestión de préstamos mediante sistemas electrónicos.
La resolución coloca a las mutuales alcanzadas frente a un plazo concreto: 30 días corridos para ponerse al día.
No se trata simplemente de una advertencia administrativa menor. Si las entidades no cumplen con la presentación requerida, el INAES puede avanzar con la caducidad de los actos administrativos que habilitan los reglamentos utilizados para prestar el servicio.
En consecuencia, para las mutuales involucradas, la prioridad será regularizar la información pendiente y acreditar el cumplimiento de las obligaciones exigidas por el organismo de control.
📌 Organismo: INAES
📌 Resolución: 1687/2026
📌 Plazo: 30 días corridos
📌 Información requerida: datos pendientes sobre gestión de préstamos
📌 Período alcanzado: hasta el último trimestre de 2025
📌 Riesgo ante el incumplimiento: caducidad de los actos administrativos que aprobaron los reglamentos para prestar esos servicios.
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