La Justicia homologó un acuerdo de juicio abreviado y le impuso una pena de tres años de prisión en suspenso. Además, deberá cumplir medidas de protección y tratamiento psicológico.
Por tratarse de un delito cometido en perjuicio de una persona menor de 18 años,
no se consignan datos que permitan identificar a la víctima ni a las partes involucradas, en resguardo de sus derechos a la intimidad, privacidad y confidencialidad, conforme a lo establecido por el artículo 22 de la Ley 26.061.
La Justicia condenó a un hombre identificado con las iniciales L.A.F.M. por el delito de abuso sexual simple agravado por ser ascendiente, luego de que reconociera su responsabilidad penal durante una audiencia realizada el pasado viernes 22 de mayo en el Juzgado de Garantía N.º 4.
En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el acusado admitió haber cometido el hecho investigado, aceptó la calificación legal atribuida por la Fiscalía y consintió la imposición de una pena de tres años de prisión en suspenso.
Según la investigación judicial, el episodio ocurrió durante el primer semestre de 2025 en un ámbito familiar. La víctima, hija biológica del condenado, tenía 15 años al momento de los hechos. De acuerdo con la acusación, el hombre realizó tocamientos indebidos sobre la adolescente.
El testimonio de la joven fue recibido y validado mediante el procedimiento de Cámara Gesell, herramienta utilizada para evitar la revictimización de niños, niñas y adolescentes en procesos judiciales.
Durante la audiencia intervino la Defensora de Niñez en representación de la adolescente, quien solicitó que, además de la pena acordada, se dispusieran medidas de protección específicas.
Entre ellas, requirió la prohibición de acercamiento y de contacto por cualquier medio entre el condenado y la víctima durante un plazo de tres años. Asimismo, pidió que el acusado inicie y complete un tratamiento psicológico, debiendo acreditar periódicamente su cumplimiento ante la Justicia.
Tras escuchar a las partes, el juez hizo lugar a los planteos y ordenó la implementación de las medidas solicitadas.
El magistrado declaró a L.A.F.M. autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo de ascendiente, previsto y sancionado por los artículos 119, inciso primero, con remisión al cuarto párrafo inciso b), y 45 del Código Penal Argentino.
La audiencia fue presidida por el juez Santiago Ortiz, titular del Juzgado de Garantía N.º 4, con la actuación del secretario subrogante Ignacio Equerré Delaunay.
Por el Ministerio Público Fiscal intervino Nayla Cabrera Muñoz, fiscal de Instrucción Penal con competencia en contextos de Género, Diversidad Sexual, Infancias y Adultos Mayores N.º 1. En representación del Ministerio Público de la Defensa participó Noelia Páez, defensora adjunta, mientras que la defensa de los derechos de la víctima estuvo a cargo de Victoria Cortázar Furnari, Defensora de Niñez N.º 1.
Un estudio de la UBA y el CONICET identificó las regiones con mayor doble carga de malnutrición en niños menores de cinco años. La investigación se basó en datos de casi un millón de menores atendidos en el sistema público de salud.
2026-05-26 16:28:43

© Tiempo de Poder. All Rights Reserved. Desarrollo QueStreaming.com